Derechos postnatales

www.pediatraldia.cl

 

La ley protege el embarazo y el posterior tiempo juntos de madre e hijo. También permite que se ausente si el niño se enferma.


"Lamentablemente, muchas mujeres desconocen sus derechos. Muchas personas para preguntar que hacer porque las despidieron embarazadas; se les explica que es ilegal porque gozan de fuero maternal",
 

Estos derechos rigen para trabajadoras con relación de dependencia con su empleador, es decir, con contrato indefinido o a plazos.

El principal es el pre y postnatal, un descanso de 6 semanas antes del parto y 12 semanas después de éste, para que la madre pueda dedicarse exclusivamente a su hijo. Durante este período recibe un subsidio equivalente a un promedio de su remuneración.

Desde el embarazo y hasta un año después del término del postnatal, la madre goza de fuero maternal, o sea no puede ser despedida sin previa autorización de un juez laboral.

En caso de fallecer durante el parto o postnatal, la licencia maternal, el subsidio y el fuero pueden ser traspasados al padre.

Cuando se regresa al trabajo, si el hijo menor de 1 año tiene una
enfermedad grave la madre o el padre pueden tener una licencia para cuidarlo.

Si el niño es mayor de un año y menor de 18 y padece un mal terminal o grave con riesgo de muerte, uno de los progenitores puede tomar hasta 10 jornadas de trabajo por año para atenderlo. Estos días deben ser restituidos al empleador con horas extras, vacaciones, etc.

Las empresas que tienen 20 o más trabajadoras deben tener una sala cuna para que la madre pueda alimentar a sus hijos menores de dos años o, en su defecto, pagar el costo de ella.

Existen formas en que algunas compañías pueden eludir estos deberes, se explica: "El 73% de las empresas contrata menos de 20 trabajadoras. Otras pueden hacerlo administrando a su personal bajo distintas razones sociales. Por ejemplo, hace poco se descubrió que una multitienda tenía más de 140 razones sociales".

Cuando el empleador tiene o paga sala cuna, la mamá puede tomar dos porciones de tiempo que en conjunto no excedan de una hora para alimentar al niño. En este período no se incluye el que se usa en los traslados.

Se ha propuesto recientemente una moción para independizar un derecho del otro, para que así toda mamá trabajadora pueda tomarse el tiempo para alimentar al niño aunque su empresa no tenga la obligación de contar con sala cuna", cuenta Patricia Silva.

Las mujeres independientes que cotizan en una AFP y son titulares de un plan de salud pueden gozar de subsidio maternal y de licencias para cuidar a sus hijos. Pero no tienen derecho a fuero maternal, sala cuna ni a tiempo para alimentarlos

Hay novedades en estos aspectos que están en tramites en el congreso

Publicado en El Mercurio

www.pediatraldia.cl